Integrarán Consejo Ciudadano en Jiquilpan.
Jiquilpan.
En la intención de generar mayor participación
de la ciudadanía en temas de importancia se acordó ya la creación del Consejo
Ciudadano el cual tendrá como objetivo coadyuvar en las labores que se
desarrollen desde el ámbito municipal.
Lo anterior
fue señalado por la regidora de Educación y Cultura local Susana Sánchez Ceja
tras la reunión sostenida con Iván Fernando Barrales Alcántara, director
general de Investigación y Desarrollo de la Secretaría de Educación en la que
se estableció que será en los próximos días que se realice la convocatoria
pertinente aunque quedó establecido que para esta conformación se establecerá
un enlace con el representante de la Secretaría de Educación.
Pese a que la
regidora señaló que la integración de este órgano ciudadano se daba por decreto
del Gobernador del Estado Silvano Aureoles es de destacar que la existencia de
este mecanismo de participación ciudadana se encuentra contemplado en los
artículos 10, 117 y 118 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de
Ocampo.
El instrumento
legal establece en su artículo 10 referente a los derechos y obligaciones de
los ciudadanos: “…Constituir un consejo ciudadano para participar en la
fiscalización y evaluación de las acciones de gobierno, a través de los
mecanismos que establezca el Ayuntamiento”.
La Ley Orgánica Municipal del Estado de
Michoacán de Ocampo en su título Sexto, artículo 117 referente a la
Participación Ciudadana dice que Los Ayuntamientos fomentarán la participación
ciudadana, con el propósito de fortalecer el régimen de democracia
participativa, vincular permanentemente a gobernantes y gobernados y propiciar
la colaboración directa y efectiva de los ciudadanos en el cumplimiento de sus
fines, mediante el trabajo y la solidaridad en el desarrollo vecinal y cívico y
para el beneficio colectivo del municipio.
Lo anterior se complementa con el artículo
118 de esta ley en el que se cita: El Ayuntamiento convocará y formará parte en
la constitución, organización y funcionamiento de los organismos de
participación ciudadana, cuyo objeto será contribuir a la elaboración,
vigilancia y cumplimiento de los planes y programas del municipio, impulsar la
colaboración y participación de sus habitantes y proponer al ayuntamiento
alternativas de solución para los problemas de sus localidades o regiones. El
procedimiento de integración, la designación de sus miembros y sus funciones,
serán determinados por el ayuntamiento con la participación de las
organizaciones sociales del municipio y se sujetará a la Ley de la materia.
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