martes, 4 de septiembre de 2018

Señalan a prestadora de servicios de cobros indebidos



De acuerdo a la información proporcionada por los afectados una trabajadora de la empresa con razón social TV Rey de Occidente SA de CV, realizó el pago anual de su servicio utilizando para ello el descuento que se otorga a los trabajadores por concepto de servicios de Televisión por Cablee Internet; meses después la empleada culminó la relación laboral con la empresa en la que, por cierto  no se le entregó la liquidación correspondiente.
Al pasar el tiempo, dicen los familiares de la ex trabajadora, los representantes de la citada empresa notificaron que, toda vez que al estar separada de la empresa ya no tenía derecho al descuento de que gozaba por lo que tendrían que pagar la diferencia por la facturación de los servicios.
Ante ello, los familiares han buscado establecer el contacto con los directivos de dicha negociación para aclarar el hecho de que el año de la prestación de sus servicios está finiquitado ya por adelantado y, en su caso, argumenten los fundamentos legales para realizar este nuevo cobro.
“Cuando se tenía el descuento se pagó el año por adelantado, se pagó lo que marcaba el acuerdo, pero ahora quieren cobrar la diferencia desde que se pagó hasta la fecha” argumentaron los familiares de la ahora ex empleada y adelantaron que recurrirán a las instancias y dependencias necesarias para aclarar este doble cobro y si se trata simplemente de la recuperación de un recurso económico o de alguna acción contra la ex trabajadora a la que nunca se le resolvió la situación de su finiquito laboral.



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